Plan General de Ordenación Urbana

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 22.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

El Ayuntamiento de La Fueva carece de Plan General de Ordenación por lo que se rige por las Normas Subsidiarias y Complementarias de Planeamiento Municipal de la Provincia de Huesca, que puede consultar en el siguiente enlace:

Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de ámbito municipal tendrán por objeto:

a) Clasificar el suelo en urbano y no urbanizable, delimitando y ordenando el primero y estableciendo, en su caso, normas de protección para el segundo, o

b) Clasificar el suelo en urbano, urbanizable y no urbanizable, delimitando el ámbito territorial de cada uno de los distintos tipos de suelo, estableciendo la ordenación del suelo urbano y de las áreas aptas para la urbanización que integran el suelo urbanizable y, en su caso, fijando las normas de protección del suelo no urbanizable.

Última actualización el jueves, 29 de agosto de 2024 a 10:46